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Consejería de Educación. Junta de Extremadura
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AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO CURSO 15-16


nuevoEn el D.O.E. de 15 de mayo de 2015 se publica la Orden que regula la dotación de libros de texto para el curso escolar 2015/16.

Quiénes pueden participar y qué documentación deben aportar:

Alumnos-as que vayan a cursar Ed. Primaria o E.S.O. el curso 2015-2016 pertenecientes a:

a) Familias numerosas legalmente reconocidas.

b) Familias que no superen los siguientes umbrales de renta referidos a 2013:

umbrales renta 2012A partir del 8º miembro se añadirán 2.647 euros por cada miembro computable.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir de su publicación.

Los impresos se recogerán en conserjería pero se entregarán en Secretaría. (HORARIO SECRETARIA DE 9 A 10.30 h y de 13.15 a 14 horas)

Todos-as los alumnos-as -desde Ed. Infantil de 5 años hasta 6º de Primaria- matriculados en nuestro colegio y que deseen participar en esta convocatoria, entegarán su solicitud en nuestro centro, independientemente de que el año que viene estén en el instituto o en otro colegio.

Documentos a entregar:

Familias numerosas: Anexo I (solicitud) y fotocopia del carné de familia numerosa, en vigor.

Resto de familias: Anexo I (solicitud) y Anexo II (autorización para recabar información sobre la renta de 2013 para las familias no numerosas).

 Los centros educativos, una vez cubiertas las necesidades del alumnado becario, siempre que existan libros sobrantes, podrán distribuirlos entre el resto del alumnado que haya formulado solicitud, sin que esta circunstancia le otorgue derecho a tener la condición de becario en posteriores convocatorias. En este caso, el préstamo se adjudicará por orden inverso a la magnitud de la renta familiar de las familias solicitantes.

3) Los libros de texto serán propiedad de los centros educativos y se devolverán al centro en caso de traslado o al finalizar el curso.


4) El alumnado está obligado a usar correctamente los materiales entregados y reintegrarlos, en buen estado, al centro una vez finalizado el curso escolar. El deterioro culpable, así como el extravío de los libros de texto, supondrá la obligación de reponer el material deteriorado o extraviado, por parte de los representantes legales del alumnado.